¿ES POSIBLE UNA FUNDAMENTACIÓN DEL DERECHO Y LA JUSTICIA?
A partir del siglo XVIII, con Montesquieu, cobra gran fuerza el principio de legalidad, es decir, sólo los delitos tipificados en la ley, podían ser penados. Pero este principio no era suficiente, puesto que podían existir leyes que no se adecuaran a unas exigencias morales que reconocieran la dignidad humana. Por lo tanto, debemos introducir, además, el concepto de legitimidad, esto es, la adecuación de la ley a esos principios morales. A lo largo de la historia, han sido muchas las respuestas que se han dado. Nosotros vamos a agruparlas en:
- Teorías del derecho natural: afirman que sólo son legítimas aquellas leyes que se asienten sobre las cualidades que el hombre posee de manera natural.
- Teorías positivistas: su máximo representante es Rousseau y sostiene que la ley tiene su fundamento en el acuerdo establecido por las personas. No hay más ley que las propuestas por los seres humanos.
- Teorías estatistas: el fundamento del Derecho es el Estado, que es una entidad soberana por naturaleza y que no está sometida a ninguna otra realidad anterior o superior. El Estado se instaura como una instancia sin cuya referencia el ser humano no puede desarrollarse. Maquiavelo o Hegel (“todo lo que es ser humano es, se lo debe al Estado”) representan esta posición.
- Teorías sociologistas: toda ley tiene su fundamento en la sociedad, puesto que el legislador lo que hace es positiva aquello que los agentes sociales tienen por costumbre. Un claro representante de esta posición serían Durkheim.
- Marxismo: para Marx, las leyes, como marco teórico, están fundamentadas en lo material, esto es, en la infraestructura (economía). Por lo tanto, sobre la economía se construye todo un sistema de ideologías, conocido como la superestructura