lunes, 4 de junio de 2018

¿Qué es la justicia?


Muchas han sido las definiciones que se han dado de “justicia”, pero de entre todas ellas, hay una que tenemos que aceptar debido a su carácter formal y que proviene de la tradición clásica, de Justiniano: justicia es dar a cada uno lo suyo. El problema surge cuando tratamos de determinar qué se entiende por “lo suyo”. En cualquier caso, toda teoría sobra la justicia tiene que tener unas características básicas: 
-alteridad: es una relación entre dos o más personas;
-igualdad;
-libertad;
-deuda: la relación de justicia se acaba cuando se paga lo que se debe.


Dos han sido las clasificaciones de justicia:

  1. Clásica (Aristóteles): distingue entre justicia distributiva (se refiere al reparto de bienes en una comunidad) y correctiva (es la relación entre personas mediante un contrato);
  2. Moderna (H. Coing): que diferencia entre justicia distributiva (se da en la comunidad, donde existen lazos afectivos); conmutativa (se da entre personas en una relación de igualdad); y protectiva (se dan relaciones de subordinación, pues hay un gobernante  que vela por la justicia en un Estado y tiene en cuenta las desigualdades).

Veamos, para terminar este punto, cuáles ha sido las teorías de la justicia más relevantes en un brevísimo recorrido histórico. Cuando Sócrates rompe con la tradición cosmológica de los presocráticos, comienzan a cobrar importancia aspectos relacionados con la ciudadanía y la convivencia en la polis. Fueron los sofistas quienes resaltaron el carácter convencional de las leyes, que no tenían relación, según su criterio, con valores éticos ni morales. Platón, en cambio, sostuvo que la justicia tenía que ver precisamente con la armonía, es decir, con el hecho de que las clases sociales desempeñaran su función en relación a su condición: los gobernantes debían dirigir la ciudad, los guardianes debían protegerla, y los artesanos debían satisfacer sus necesidades básicas. Aristóteles hizo hincapié en la igualdad, pero proporcional al status social de cada uno.

En la época moderna, marcada por la idea de contrato social, la justicia se refiere a la relación entre un soberano que ostenta el poder y unos súbditos que rechazan parte de sus derechos en beneficio de la paz de un territorio. 

Ya en el siglo XIX, el socialismo aboga por la supresión de la propiedad privada, aunque podemos distinguir entre el socialismo utópico de Fourier y Saint-Simon, que establecen las directrices de una sociedad justa tomando como modelo las fábricas- cooperativas; el socialismo libertario (anarquismo), que pasa por la abolición del Estado; y el marxismo, cuyo objetivo es conseguir que las relaciones humanas sean igualitarias (justas), para lo que debe pasar por una revolución.

J. Rawls serían el representante de la corriente liberalista. Su teoría de la justicia es muy importante hoy en día. Parte de una posición original, en la que se encontrarían las personas que tendrían que elegir los principios de justicia. Se trataría de una situación marcada por el velo de la ignorancia, en la que las personas serían ajenas a su condición económica, social, de raza, sexo... Los principios que elegirían serían: el principio de libertad y el principio de la diferencia (introducir desigualdades que favorezcan a los grupos más desfavorecidos).


Por último, Jürgen Habermas y Apel parten de una concepción que tiene como principal agente el reconocimiento de todos los hablantes como personas. La elección de normas justas (válidas) depende del diálogo, la deliberación, en un debate integrado por voluntades formadas. 

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